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 Presentan nueva Ley contra “Doctores Pirata”, en Querétaro.
Vida Legislativa

Presentan nueva Ley contra “Doctores Pirata”, en Querétaro.

by Editorial 24 febrero, 2025
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La Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Poder Legislativo local, presidida por el diputado Guillermo Vega Guerrero e integrada por los legisladores Enrique Correa Sada y Homero Barrera Mcdonald, aprobó el Dictamen de la “Iniciativa de Ley que reforma el artículo 235 del Código Penal para Querétaro; reforma el artículo 82 y adiciona los artículos 81 y 82 bis de la Ley de Salud del Estado, relacionada con actividades profesionales en materia de salud”.

La propuesta fue presentada por la diputada Verónica Galicia Castañón, con el respaldo de la legisladora Juliana Rosario Hernández Quintanar y los diputados Guillermo Vega Guerrero,
Gerardo Ángeles Herrera, Mauricio Cárdenas Palacios y Antonio Zapata Guerrero, integrantes del Grupo Legislativo del PAN, así como el diputado Enrique Correa Sada.

Al hacer uso de la voz, el diputado Vega Guerrero calificó esta iniciativa como útil para la sociedad, ya que plantea adicionar dos párrafos al artículo 235 del Código Penal, en el delito de usurpación de funciones, recordando casos que recientemente se han presentado en el país y en Querétaro, respecto a denuncias por supuestos profesionales de la salud que sin contar con título y cédula profesional legalmente expedidos, llevan a cabo cirugías, poniendo en riesgo la
salud y la vida de pacientes. Por lo cual afirmó que con esta aprobación se busca proteger el derecho de las personas a recibir atención médica de personas que realmente estén certificadas.

Dijo en ese sentido: “De aprobarse, lo que estaríamos haciendo es adicionar dos párrafos más a este delito de usurpación de funciones, en el primer párrafo se estaría estableciendo una diferenciación del delito genérico de usurpación de funciones que aplica para todas las
profesiones que hay y que tiene que ver con agravar las sanciones para quienes usurpan la función específicamente en las profesiones enlistadas en el artículo 80 de la Ley de Salud y que son: Medicina, Odontología, Veterinaria, Biología, Bacteriología, Enfermería, Trabajo Social, Química, Psicología, Ingeniería Sanitaria, Nutrición, Dietología, Patología en sus diversas ramas, y las demás que establezcan otras disposiciones legales aplicables”.

En ese sentido, de acuerdo al dictamen aprobado, se reforma el primer párrafo del artículo 235 y se adiciona un nuevo segundo y tercer párrafo al artículo 235 del Código Penal para el Estado de
Querétaro, para quedar como sigue:
Artículo 235.- Al que, sin serlo, se atribuya el carácter de profesionista, ofrezca públicamente sus servicios
como tal o realice actividades propias de una profesión sin tener el título correspondiente o sin la debida
autorización, se le impondrá prisión de 3 meses a 5 años y multa de 20 a 200 días, los cuales se aplicarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de presente Código Penal.

Cuando la profesión a que se refiere el párrafo anterior sea de las contempladas en el artículo 80 de la Ley de Salud del Estado de Querétaro, se le impondrá prisión de 2 a 6 años y multa de 250 a 400 días, los cuales se aplicarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de presente Código Penal.

Si con motivo de la realización de la conducta tipificada en el presente artículo se llevan a cabo cirugías o
procedimientos quirúrgicos, la pena de prisión será de 6 a 12 años y multa de 450 a 600 días, los cuales se aplicarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de presente Código Penal, sin perjuicio de las demás que puedan imponerse por la comisión de otros delitos.

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